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Artículo 229 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Que el dictamen sea aprobado no frena las investigaciones que ya inició la Auditoría Superior de la Federación. Esas investigaciones deben seguir su curso normal, tal como lo marca la ley que regula cómo se fiscaliza y se rinden cuentas. En otras palabras, aunque se dé luz verde a un informe, las posibles irregularidades que ya se estaban revisando no se cancelan ni se detienen.

Texto oficial

Artículo 229. 1. La aprobación del dictamen no suspende el trámite de las acciones promovidas por la Auditoría Superior de la Federación, mismas que seguirán el procedimiento previsto en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. CAPITULO III De la Discusión de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 77) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.