- Ley
- REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
- Artículo
- 231
Artículo 231 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica cómo se discuten los cambios a una ley en la Cámara de Diputados. Solo los diputados que ya hayan anotado sus objeciones o propuestas pueden participar. El presidente hace dos listas: una de los que están a favor y otra de los que están en contra, y las lee antes de empezar. Cada diputado habla por turnos, máximo cinco minutos, y después se vota cada propuesta. Si después de dos rondas de discusión el tema no está claro, el presidente pregunta si ya se habló suficiente; si no, se sigue con más rondas hasta que se vote.
Texto oficial
Artículo 231. 1. Para intervenir en la discusión en lo particular podrán inscribirse todos los diputados y diputadas que previamente hayan registrado sus reservas. Numeral reformado DOF 20-04-2011 2. El Presidente deberá elaborar listas de oradores a favor y en contra, que leerá completas antes de iniciar la discusión. 3. Los oradores harán uso de la palabra alternadamente hasta por cinco minutos, y procederá la votación de cada reserva después de su presentación. Numeral reformado DOF 20-04-2011, 07-05-2025 REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-05-2025 78 de 146 4. El Presidente preguntará al Pleno si el asunto se encuentra suficientemente discutido, cuando haya concluido la segunda ronda. En caso afirmativo, se procederá a la votación, en caso negativo, se leerá la lista de los oradores aún inscritos en ambos sentidos y continuará el desahogo de la siguiente ronda en los términos expuestos. Concluida la discusión se procederá a la votación. 5. Cuando se solicite el uso de la palabra sólo para argumentar a favor o sólo para argumentar en contra, se admitirán hasta tres oradores que podrán hablar hasta por cinco minutos y agotada esa ronda, el Presidente preguntará si el asunto se encuentra suficientemente discutido. En caso negativo, el Presidente podrá abrir otra ronda de oradores bajo estas mismas reglas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.