Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_Diputados/25
Ley
REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Artículo
25

Artículo 25 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Recinto es el conjunto de edificios y espacios que pertenecen a la Cámara, como el salón donde se reúnen, oficinas, jardines y estacionamientos. El Presidente de la Cámara debe cuidar que nadie viole este lugar, usando las herramientas legales que tenga. Ningún juez, policía u otra autoridad puede entrar a cumplir órdenes judiciales o administrativas dentro del Recinto; si tienen que hacer algo, deben hablar primero con el Presidente. Está totalmente prohibido que entre cualquier persona con armas. Si alguien entra armado, el Presidente puede sacarlo como considere mejor y luego entregarlo a las autoridades correspondientes.

Texto oficial

Artículo 25. 1. El Recinto es el conjunto arquitectónico que alberga a la Cámara, incluyendo Salón de sesiones, edificios de oficinas, patios, jardines, estacionamientos y demás bienes nacionales destinados para el funcionamiento de la Cámara. 2. El Presidente velará por la inviolabilidad del Recinto haciendo uso de todos los recursos legales a su alcance. 3. En el Recinto ninguna autoridad podrá ejecutar mandatos judiciales o administrativos. Los mandatos de cualquier autoridad deberán dirigirse al Presidente. 4. En el Recinto estará estrictamente prohibida la entrada a toda persona armada. En caso de que alguien transgreda esta prohibición, el Presidente hará que abandone el Recinto por los medios que estime convenientes y lo pondrá a disposición de las autoridades competentes.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.