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Artículo 27 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo dice que los grupos de diputados y cada diputado o diputada tendrán un espacio asignado dentro del edificio de la Cámara, según lo que marque la ley. El presidente de la Cámara es el encargado de asegurarse de que esos lugares se usen bien, incluyendo los de los diputados que no pertenecen a ningún partido o son independientes. Si alguien daña el espacio o los recursos de la Cámara (como muebles o equipo), tendrá que pagar los gastos para repararlo con su propio dinero, siguiendo las reglas administrativas.

Texto oficial

Artículo 27. 1. Los grupos, los diputados y diputadas, tendrán espacios dentro del Recinto, de conformidad con lo que establece la Ley. 2. El presidente tendrá la responsabilidad de vigilar que se haga buen uso de los espacios, de la Cámara, asignados a los grupos, diputados y diputadas sin partido e independientes. Numeral reformado DOF 18-12-2015 3. Si ocurriere algún daño a los espacios o recursos de la Cámara, por los grupos o diputados y diputadas, será cubierto con recursos de éstos, de conformidad con la normatividad administrativa aplicable. Sección Segunda Salón de Sesiones y Salón de Plenos REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-05-2025 12 de 146

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

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