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Artículo 28 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Salón de sesiones es el cuarto principal donde todos los diputados y senadores se juntan para discutir y votar leyes juntos, como cuando trabajan en equipo en el Congreso. Si por alguna razón no pueden usar ese salón, entonces usan el Salón de plenos, que es otro espacio dentro del mismo edificio donde solo los diputados pueden reunirse para hacer sus juntas. Básicamente, el primero es para juntas de todos, y el segundo es un plan de respaldo para los diputados.

Texto oficial

Artículo 28. 1. El Salón de sesiones será el lugar en las instalaciones de la Cámara destinado para que sus integrantes se reúnan a deliberar en el Pleno y para la celebración de sesiones del Congreso General. 2. El Salón de plenos será el lugar donde se reúnan los diputados y diputadas a sesionar, dentro del Recinto, en caso de no poder hacerlo en el Salón de sesiones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.