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Artículo 274 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta (que es un grupo de diputados que toma decisiones) propone a todos los diputados (el Pleno) quiénes van a representar a la Cámara en reuniones con otros países, ya sea con uno solo o con varios. Para eso, deben escoger a los diputados con más experiencia en el tema, sobre todo si pertenecen a comisiones especializadas, y asegurarse de que haya representación de todos los partidos. También, la Junta se coordina con el Senado para hacer actividades del Congreso juntos. Además, el Pleno, con la propuesta de la Junta, define la agenda internacional del año, la envía a la Comisión de Relaciones Exteriores y a otras comisiones relacionadas, y la comparte con todos los diputados. La Junta, junto con el Senado, se encarga de llevar a cabo esa agenda. Por último, la Junta puede darle a cada grupo de representantes (delegación) personal de apoyo técnico, como asesores.

Texto oficial

Artículo 274. 1. La Junta propondrá al Pleno la integración de las delegaciones permanentes ante instancias multilaterales y bilaterales parlamentarias, con criterio de proporcionalidad, atendiendo la integración plural de la Cámara, dando preferencia a los diputados y diputadas que tengan mayor experiencia en el tema, atendiendo a su nivel de especialización de acuerdo con las comisiones de dictamen legislativo a las cuales pertenecen. Numeral reformado DOF 14-04-2017 2. La Junta establecerá las bases de coordinación necesaria con los órganos competentes de la Cámara de Senadores para desahogar conjuntamente las actividades del Congreso de la Unión. 3. El Pleno, a propuesta de la Junta, aprobará la agenda internacional de la Cámara para cada año de ejercicio legislativo, misma que será turnada a la Comisión de Relaciones Exteriores, así como a las comisiones temáticas que tengan que ver con su desarrollo, misma que deberá ser distribuida entre todos sus integrantes. Numeral reformado DOF 14-04-2017 4. La Junta coordinará en conjunto con los órganos competentes de la Cámara de Senadores, el desahogo de la Agenda Internacional de la Cámara, como parte del Congreso de la Unión. 5. La Junta podrá autorizar a cada delegación personal de apoyo técnico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 90) ↗

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