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Ley
REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Artículo
279

Artículo 279 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada delegación y Grupo de Amistad necesita tener un presidente. Ese presidente lo elige el Pleno, que es cuando todos los diputados se reúnen, pero primero lo propone la Junta, que es un grupo más pequeño de coordinación. En pocas palabras, primero la Junta sugiere un nombre y luego todos los diputados lo aprueban o no.

Texto oficial

Artículo 279. 1. Toda delegación y Grupo de Amistad deberá contar con un presidente, aprobado por el Pleno a propuesta de la Junta.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados (pág. 91) ↗

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