- Ley
- REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
- Artículo
- 287
Artículo 287 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La primera parte de este artículo ya no sirve, fue eliminada en diciembre de 2023. La segunda parte dice que las propuestas de ley (minutas) que no han sido revisadas ni aprobadas, pero que todavía tienen tiempo para discutirse, se pasarán automáticamente al siguiente período de sesiones del Congreso. Esas propuestas se enviarán a los grupos de trabajo (comisiones) correspondientes una vez que se vuelvan a formar, para que puedan seguir su proceso normal de análisis y votación. En pocas palabras, si una iniciativa no se terminó de ver a tiempo, no se pierde, solo se pospone para la siguiente legislatura.
Texto oficial
Artículo 287. 1. Se deroga. Numeral derogado DOF 22-12-2023 2. Las minutas no dictaminadas, cuyo plazo continúe vigente, pasarán a la siguiente legislatura y serán turnadas a las comisiones correspondientes, una vez que éstas se instalen, para efecto de que continúe su proceso legislativo. Numeral reformado DOF 22-12-2023 Artículo adicionado DOF 27-04-2021 Capítulo II De los dictámenes en poder de la Mesa Directiva Capítulo adicionado DOF 27-04-2021
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.