Artículo 293 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que quien está al frente de la Mesa Directiva (el equipo que organiza las sesiones del Congreso) puede llamar a juntas del Pleno (cuando todos los diputados o senadores se reúnen) que sean semipresenciales, es decir, algunos asisten en persona y otros por internet. Esto solo pasa si el calendario oficial de trabajo legislativo (las fechas planeadas para las sesiones) lo permite. El chiste de estas juntas es despachar o resolver los temas que están en la lista del día. Esta regla se agregó en octubre de 2023.
Texto oficial
Artículo 293. 1. La Presidencia de la Mesa Directiva, atendiendo a lo establecido en el calendario de sesiones que emita la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, podrá convocar a sesiones semipresenciales del Pleno, con la finalidad de desahogar los asuntos enlistados en el Orden del día de las mismas. Artículo adicionado DOF 18-10-2023
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.