Artículo 304 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En las juntas donde algunas personas están en persona y otras por internet, hay dos formas de votar: económica y nominal. La votación económica es rápida, se usa para cosas simples o de rutina que ya marca el reglamento, como aprobar actas o acuerdos del grupo directivo, a menos que la ley pida una votación nominal. La votación nominal es cuando se dice en voz alta el nombre de cada persona y cómo vota, y se usa para aprobar proyectos de ley o cualquier decreto.
Texto oficial
Artículo 304. 1. En las sesiones semipresenciales las votaciones serán económicas y nominales. 2. Se votarán de manera económica los asuntos de trámite que establece el Reglamento, así como los acuerdos de los órganos de gobierno, salvo aquellos que se establezcan en votación nominal. 3. Se votarán de manera nominal los proyectos de ley o decreto. Artículo adicionado DOF 18-10-2023
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.