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Artículo 314 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el Pleno (que es la reunión de todos los diputados o senadores) tiene juntas donde algunos asisten en persona y otros por internet, se tiene que hacer un expediente o archivo de todo lo que pase. Ese archivo debe incluir el acta (resumen de lo tratado), la versión estenográfica (transcripción palabra por palabra), quiénes asistieron y cómo votaron, los testigos electrónicos (pruebas digitales como videos o firmas electrónicas), todos los documentos que se usaron y el Diario de los Debates (registro oficial de discusiones). Todo esto se tiene que dar a conocer y transmitir por el Canal del Congreso y los canales de comunicación de la Cámara para que cualquiera pueda verlo.

Texto oficial

Artículo 314. 1. De las sesiones semipresenciales del Pleno a distancia y los trabajos que en las mismas se desarrollen, se generarán expedientes respectivos con acta, versión estenográfica, reportes de asistencia y votaciones, testigos electrónicos, toda la documentación procesada y Diario de los Debates y, de igual forma, serán objeto de difusión y transmisión por el Canal del Congreso y los canales de comunicación de la propia Cámara. Artículo adicionado DOF 18-10-2023

Ver ley oficial en el DOF (pág. 103) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.