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Ley
REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Artículo
315

Artículo 315 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando los diputados usan la plataforma digital del Congreso para registrar que asistieron, votaron o participaron, se van a usar las herramientas tecnológicas que mejor funcionen para ellos y para el Pleno (la reunión de todos los diputados). Lo importante es que esas herramientas estén en buen estado y siempre se busque que trabajen de la mejor manera posible.

Texto oficial

Artículo 315. 1. Los registros de asistencia, votación y participación por la Plataforma Digital se realizarán con el apoyo de las herramientas tecnológicas disponibles que atiendan mejor las necesidades de las diputadas o los diputados, el Pleno y sus órganos, siempre procurando su óptimo estado de funcionamiento. Artículo adicionado DOF 18-10-2023

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados (pág. 103) ↗

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