Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 38 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Pleno (que son todos los diputados o concejales reunidos) puede, a partir de una propuesta de la Junta (que es como el grupo que dirige las sesiones), organizar sesiones especiales. Estas sesiones se hacen para cosas como celebrar fechas importantes (como el 15 de septiembre), reconocer a personas destacadas, recibir a invitados especiales (como políticos de otro país) o hacer actos formales y diplomáticos. Las reglas de cómo serán esas sesiones y cómo se organizarán se van a definir en el decreto o acuerdo que las crea. En pocas palabras, son juntas más formales para ocasiones importantes.

Texto oficial

Artículo 38. 1. El Pleno, a propuesta de la Junta, podrá decretar o acordar la celebración de sesiones solemnes para: I. Conmemorar sucesos históricos o efemérides, II. Reconocer pública y solemnemente los méritos de personajes, III. Recibir a visitantes distinguidos, delegaciones parlamentarias o invitados especiales, y IV. Realizar actos protocolarios o diplomáticos. 2. El formato de las sesiones solemnes y su organización se establecerán en el decreto o acuerdo que les de origen. Sección Quinta Sesiones Permanentes

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.