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Ley
REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Artículo
47

Artículo 47 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice cómo se cuenta si un diputado o diputada faltó a una sesión. Se considera que faltó si no registra su asistencia al empezar la reunión. También se considera falta si, cuando hay votación por nombre, no vota o no dice que se abstiene en al menos la tercera parte de los proyectos que se discuten, a menos que tenga una justificación válida.

Texto oficial

Artículo 47. 1. Se computará como inasistencia de la diputada o del diputado a una Sesión cuando: I. No registre su asistencia al inicio. II. En caso de votación nominal no vote o no manifieste su abstención en al menos, un tercio de los proyectos de ley o decreto que se discutan en la Sesión, salvo que exista justificación. Fracción reformada DOF 28-12-2016 Artículo reformado DOF 20-04-2011

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados (pág. 16) ↗

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