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Ley
REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Artículo
51

Artículo 51 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Presidente puede dar permisos a los integrantes de la Mesa Directiva para que falten a las sesiones del Pleno, pero solo si es por encargos oficiales. Aunque tengan permiso, eso no cuenta como falta, pero el diputado o diputada debe presentar un escrito ante los órganos correspondientes para justificar su ausencia.

Texto oficial

Artículo 51. 1. El Presidente podrá otorgar permisos para ausentarse a sesiones del Pleno, a los integrantes de la Mesa Directiva, por cumplimiento de encomiendas oficiales. 2. Los permisos otorgados por el Presidente no darán lugar a la falta, pero deberán hacerse valer ante los órganos respectivos por el diputado o diputada, a través de un escrito.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados (pág. 17) ↗

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