Artículo 65 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que un tema se pueda discutir en la sesión de la Cámara de Diputados, el grupo o el diputado que lo proponga tiene que mandar su solicitud por escrito a más tardar a la 1 de la tarde del día anterior. Esa solicitud debe ir firmada, incluir una breve explicación del asunto y entregarse tanto en papel como en archivo digital. Una vez que la Junta (el grupo de diputados que organiza el trabajo) revisa las propuestas, arma el orden del día (la lista de temas a tratar). Ese orden solo se puede cambiar si la misma Junta lo propone y luego los diputados lo aprueban en una votación rápida. Si la Junta no se reúne para acordar esto, entonces los líderes de los grupos parlamentarios se ponen de acuerdo entre ellos para recibir y registrar los temas; el personal técnico de la Junta los ayuda a juntar todo y les avisa cómo queda la lista final. Cuando un asunto es muy urgente, al momento de registrarlo deben decirlo claramente; entonces la Junta tiene que pasar el documento a todos los grupos, ya sea impreso o por correo electrónico. Los casos de excepción los decide la misma Junta.
Texto oficial
Artículo 65. 1. Las solicitudes de inclusión de asuntos en el Orden del día deberán remitirse por la Junta a la Mesa Directiva, señalando el Grupo, diputada o diputado proponente, y reunir los siguientes requisitos: I. Presentará por escrito la solicitud, a más tardar a las 13:00 horas del día anterior a la Sesión. Se acompañará con el correspondiente archivo electrónico y una versión impresa firmada por el autor o autores, y II. Incluirá información del asunto mediante una breve descripción. 2. El Orden del día, sólo se podrá modificar a propuesta de la Junta; la solicitud será expuesta por el Presidente. Acto seguido, la Secretaría consultará, en votación económica a la Asamblea, si es de aprobarse. 3. En caso de que la Junta no celebre Reunión, los grupos acordarán los términos para la recepción y registro de los asuntos que integrarán el Orden del día. Para ello, contarán con el auxilio del personal técnico de la Junta, quien recopilará los asuntos, y una vez integrado el Orden del día informará oportunamente a los grupos. Numeral reformado DOF 20-04-2011 REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-05-2025 21 de 146 4. Cuando se requiera que algún asunto sea tramitado de urgente u obvia resolución, deberá señalarse expresamente al momento en que sea registrado ante la Junta, quien deberá circular entre los grupos el documento en archivo electrónico o impreso con el contenido de la propuesta. Los casos de excepción deberán ser acordados por la Junta. Sección Tercera Turno
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.