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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Artículo
108

Artículo 108 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Jefatura de Operaciones tiene que hacer las listas de las personas que participan y asegurarse de que estén ordenadas según su prioridad o derecho. O sea, ellos son los encargados de decir quién va primero y quién después, y de revisar que todo esté bien. Esto aplica para el personal que forma parte de alguna actividad o proceso.

Texto oficial

Artículo 108. Será responsabilidad de la Jefatura de Operaciones elaborar los listados y verificar el orden de prelación del personal participante. Artículo reformado DOF 02-04-2026

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México (pág. 19) ↗

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