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Artículo 109 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para evaluar el desempeño del personal naval, se tomará información de cuatro fuentes: las Hojas de Actuación (reportes de su trabajo), el Expediente de Cuerpo (su historial completo), los sistemas de cómputo de la institución y cualquier otro dato relacionado con su servicio en la Marina según su rango. Si las Hojas de Actuación tienen distintos formatos, la Jefatura de Operaciones se encargará de igualar los valores para que todos se midan de la misma manera. En pocas palabras, así revisan cómo trabajas en la Marina.

Texto oficial

Artículo 109. Los elementos de juicio que se requieran para la evaluación del personal participante, se obtendrán de: Párrafo reformado DOF 02-04-2026 I. Hojas de Actuación; II. Expediente de Cuerpo; III. Sistemas Informáticos Institucionales, y IV. Otros elementos vinculados con el servicio naval, correspondientes al grado que ostenta. Fracción reformada DOF 22-09-2010 En el caso de las Hojas de Actuación, la Jefatura de Operaciones efectuará la homologación de valores cuando se trate de diferentes formatos. Párrafo reformado DOF 02-04-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.