- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
- Artículo
- 117
Artículo 117 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Oficialía Mayor tiene que hacer las listas de los marineros y clases (rangos básicos) que participan, y también checar que el orden en que aparecen sea el correcto. Esto lo hace a través de la dirección que le toque según el caso. Básicamente, se aseguran de que nadie esté antes o después de donde debe estar.
Texto oficial
Artículo 117. Será responsabilidad de la Oficialía Mayor, a través de la dirección general correspondiente, elaborar los listados y verificar el orden de prelación del personal de clases y marinería participante.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.