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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Artículo
117

Artículo 117 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Oficialía Mayor tiene que hacer las listas de los marineros y clases (rangos básicos) que participan, y también checar que el orden en que aparecen sea el correcto. Esto lo hace a través de la dirección que le toque según el caso. Básicamente, se aseguran de que nadie esté antes o después de donde debe estar.

Texto oficial

Artículo 117. Será responsabilidad de la Oficialía Mayor, a través de la dirección general correspondiente, elaborar los listados y verificar el orden de prelación del personal de clases y marinería participante.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México (pág. 21) ↗

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