Artículo 120 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando terminen los exámenes del concurso y ya se sepa quién quedó en qué lugar, la Oficialía Mayor junto con la Jefatura de Operaciones debe hacer dos cosas: primero, juntar todas las calificaciones finales de los participantes, siguiendo lo que dicen los artículos 115 y 119 de este reglamento. Y segundo, avisarle al Alto Mando (que son los jefes máximos) cómo quedaron los resultados, incluyendo el orden en que los participantes pueden ascender, del mejor al peor lugar.
Texto oficial
Artículo 120. Al término de los exámenes del Concurso de Selección y de la determinación del orden de prelación, la Oficialía Mayor en coordinación con la Jefatura de Operaciones, llevará a cabo lo siguiente: Párrafo reformado DOF 02-04-2026 I. Integrar las calificaciones finales del personal participante en el Concurso de Selección, conforme a los artículos 115 y 119 de este Reglamento, e Fracción reformada DOF 02-04-2026 REGLAMENTO DE LA LEY DE ASCENSOS DE LA ARMADA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 02-04-2026 22 de 29 II. Informar al Alto Mando los resultados del Concurso de Selección, incorporando el orden de prelación que tendrá el personal para ascender. Artículo reformado DOF 22-09-2010, 11-03-2016
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