Artículo 121 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando termina el proceso de las promociones, los jefes militares de alto nivel (el Alto Mando) le dicen a la Oficialía Mayor que le avise a todo el personal que participó quiénes recibieron los ascensos. En pocas palabras, primero se hace todo el proceso de selección y luego les informan a los involucrados si subieron de rango o no.
Texto oficial
Artículo 121. Al término del proceso de promoción el Alto Mando, por conducto de la Oficialía Mayor, comunicará al personal convocado los ascensos conferidos. TÍTULO QUINTO ASCENSOS EN TIEMPO DE GUERRA Y POR MÉRITOS ESPECIALES CAPÍTULO I De los Ascensos en Tiempo de Guerra
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.