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Artículo 130 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cualquier persona que trabaje en la Armada de México y se entere de acciones destacadas o logros importantes hechos por algún compañero, tiene la obligación de escribir un reporte oficial y entregarlo siguiendo los pasos o canales establecidos dentro de la institución. En pocas palabras, si ves a un compañero hacer algo extraordinario, debes reportarlo por escrito y pasarlo por la vía correcta.

Texto oficial

Artículo 130. El personal de la Armada de México que tenga conocimiento de hechos que signifiquen méritos especiales para el personal naval, tiene la obligación de formular el parte respectivo y turnarlo por los conductos regulares. Artículo reformado DOF 02-04-2026 TÍTULO SEXTO EXCLUSIÓN, POSTERGACIÓN E INCONFORMIDADES CAPÍTULO I De la Exclusión y Postergación

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.