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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Artículo
136

Artículo 136 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando alguien quiera quejarse de una decisión que le afecte, usando el recurso de inconformidad (que es como un derecho a pedir que revisen algo ilegal), la reglas para hacerlo están en el Reglamento de la Junta Naval. O sea, no en cualquier lado, sino en un documento oficial específico de la Marina. Además, este artículo fue cambiado dos veces, en las fechas que se mencionan.

Texto oficial

Artículo 136. El recurso de inconformidad a que se refiere el artículo 52 de la Ley se regirá conforme al Reglamento de la Junta Naval. Artículo reformado DOF 22-09-2010, 11-03-2016

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México (pág. 24) ↗

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