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Artículo 27 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 27 habla de un grupo llamado la Comisión Coordinadora, que es como un equipo de expertos que revisa y elige al personal de la Armada, desde los rangos más bajos (Marinero) hasta Capitán de Corbeta. Su trabajo es proponer a los jefes más altos (Alto Mando) quiénes merecen un ascenso, siempre siguiendo las reglas de la ley. Para hacerlo, la Comisión tiene varias tareas, como organizar los concursos de selección, conseguir los recursos necesarios, guardar la información de los concursos, resolver cualquier problema que surja, y mantener al tanto a la Jefatura de Operaciones de los resultados. También puede hacer otras cosas que el Alto Mando le pida.

Texto oficial

Artículo 27. La Comisión Coordinadora es el órgano asesor que califica y selecciona al personal convocado desde Marinero hasta Capitán de Corbeta, a fin de proponer al Alto Mando a aquél que reúnan los requisitos para ser ascendido en términos de la Ley y del presente Reglamento, para lo cual ejercerá las atribuciones siguientes: Párrafo reformado DOF 11-03-2016 I. Formular y someter a aprobación del Alto Mando la planeación del concurso de selección y desarrollo del mismo, conforme a las disposiciones aplicables; II. Determinar y coordinar los recursos humanos y materiales necesarios; Fracción reformada DOF 22-09-2010 REGLAMENTO DE LA LEY DE ASCENSOS DE LA ARMADA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 02-04-2026 8 de 29 III. Coordinar la integración, control y custodia de la información relativa al concurso de selección; IV. Formular y actualizar los manuales y lineamientos de desarrollo del concurso de selección; V. Atender y resolver los casos imprevistos que se presenten en el concurso de selección; VI. Mantener informado a la Jefatura de Operaciones del cumplimiento y resultados del Concurso de Selección; Fracción reformada DOF 11-03-2016, 02-04-2026 VII. Determinar las especificaciones y valores de los conceptos y rubros a evaluar para la promoción por facultad del Alto Mando, y Fracción adicionada DOF 02-04-2026 VIII. Otras que le asigne el Alto Mando. Fracción recorrida DOF 02-04-2026 SECCIÓN QUINTA De las Comisiones Locales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.