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Artículo 36 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes 30 días naturales (es decir, contando todos los días, incluso fines de semana y festivos) desde que te avisen sobre cierta información para mandar por escrito tus objeciones o comentarios, y debes incluir los documentos que comprueben lo que dices. Si no dices nada en ese plazo, se da por hecho que aceptaste la información que te dieron. Es como cuando te llega un cobro en el banco y, si no reclamas a tiempo, te lo cobran sin chistar. Así que si tienes algo que decir, hazlo antes de que se cumplan los 30 días.

Texto oficial

Artículo 36. La persona participante contará con 30 días naturales a partir de la fecha en que se le comunique la información citada en el artículo anterior, para manifestar por escrito sus observaciones, debiendo adjuntar la documentación comprobatoria. Vencido dicho plazo sin que haya formulado sus observaciones, se considerará como aceptada la información que le haya sido comunicada. Artículo reformado DOF 02-04-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.