Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LAAM/62
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Artículo
62

Artículo 62 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El servicio de Sanidad Naval es el encargado de hacer los exámenes médicos, pero solo en sus propios hospitales o clínicas de la Armada. Esto significa que no cualquier doctor puede aplicar esa revisión, tiene que ser dentro de la red médica naval. Si te toca un examen, te lo harán en un lugar oficial de la Marina.

Texto oficial

Artículo 62. La aplicación del examen médico será responsabilidad del servicio de Sanidad Naval a través de los establecimientos médicos navales.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.