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Artículo 68 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si en los estudios médicos sale que tienes algún problema de salud, el director del hospital o clínica te va a mandar con el especialista que te pueda atender ese padecimiento. Es como cuando el doctor ve algo raro en tus análisis y te dice que vayas con el cardiólogo o el endocrinólogo. Solo aplica si hay señales claras de una enfermedad, no es automático para todos. En pocas palabras, la ley dice que el hospital debe asegurarse de que recibas la atención adecuada si detectan algo en tus exámenes.

Texto oficial

Artículo 68. Cuando de los resultados de los exámenes médicos se observen indicios de algún padecimiento o patología, la persona titular de la Dirección del establecimiento médico canalizará a la persona participante a la especialidad que corresponda. Artículo reformado DOF 02-04-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.