Artículo 83 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una mujer que trabaja en la policía o en una institución de seguridad necesita cambiar la fecha de su examen físico por cuestiones de su cuerpo (como el periodo menstrual), puede pedir que se lo programen para otro día. La institución debe darle una nueva fecha, siempre y cuando ese nuevo día esté dentro del período de exámenes físicos ya planeados. La condición es que este examen físico se haga antes del examen de conocimientos o materias. En pocas palabras, la ley protege que las mujeres no tengan que hacer esfuerzos físicos cuando no están en condiciones, pero sin retrasar el resto de sus evaluaciones.
Texto oficial
Artículo 83. Cuando por razones fisiológicas, el personal femenino solicite otra fecha para presentar el examen de capacidad física, se le autorizará dentro del calendario de aplicación de citado examen, siempre y cuando sea antes de que se lleve a cabo el examen académico.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.