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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Artículo
82

Artículo 82 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 82 dice que si, antes o durante la revisión médica para medir tu condición física, los doctores de la marina encuentran que tienes alguna enfermedad o problema de salud, deben parar el examen de inmediato. Luego, te tienen que checar bien para saber qué tienes y cómo estás. Esto se aplica a quienes quieren entrar o están en proceso de selección para alguna actividad naval. La idea es cuidar tu salud y no arriesgarte a hacer ejercicio si no estás bien.

Texto oficial

Artículo 82. Si previo o durante el examen de capacidad física, se detecta en la persona participante algún estado patológico, el personal del servicio de sanidad naval, deberá suspender de manera inmediata su examen físico y evaluarla clínicamente. Artículo reformado DOF 02-04-2026

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México (pág. 16) ↗

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