Artículo 94 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para armar el comité que te va a evaluar en el trabajo, el artículo dice que se necesita al menos a tres personas: un evaluador que tenga un grado o nivel más alto que el tuyo y que sea del mismo grupo laboral (como tu mismo puesto o escalafón), un supervisor que sea todavía de mayor rango que el evaluador para asegurarse de que todo sea justo, y un representante de la Presidencia de la Comisión Local. El supervisor puede estar en varios comités a la vez, o sea, no es exclusivo de uno solo.
Texto oficial
Artículo 94. Los comités de evaluación estarán integrados al menos por una persona evaluadora que debe tener un grado superior que la persona evaluada, de su mismo Cuerpo o Servicio, Núcleo o Escala; una persona supervisora de grado superior que la persona evaluadora que vigile la imparcialidad de la evaluación, y una persona representante de la Presidencia de la Comisión Local. La persona supervisora podrá participar en más de un comité de evaluación. Artículo reformado DOF 11-03-2016, 02-04-2026
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.