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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Artículo
95

Artículo 95 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En las unidades navales se formarán grupos de personas encargadas de organizar y llevar a cabo las pruebas prácticas. Esos grupos se asegurarán de que haya todo lo necesario, como instalaciones, material y equipo, para que los exámenes se puedan hacer sin problemas. En pocas palabras, garantizan que no falte nada cuando toque presentar la prueba de conocimientos prácticos.

Texto oficial

Artículo 95. Los comités de evaluación se constituirán en las unidades y establecimientos navales, y deberán gestionar la disponibilidad de las instalaciones, material y equipo necesarios para realizar la evaluación del examen de conocimientos prácticos. Artículo reformado DOF 11-03-2016

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México (pág. 17) ↗

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