Artículo 46 del REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 46 dice que antes de que el gobierno compre o contrate algo, debe hacer una investigación de mercado para: primero, saber si hay suficientes productos o servicios disponibles, en la cantidad y calidad que necesita y a tiempo. Segundo, verificar si hay proveedores en México o en el extranjero que puedan cumplir con lo que pide, y también preguntarle al Instituto Nacional de la Economía Social si existen cooperativas o empresas del sector social certificadas. Tercero, conocer el precio actual de lo que quiere comprar o rentar en ese momento. En pocas palabras, es como cuando tú cotizas antes de comprar algo caro, pero a gran escala.
Texto oficial
Artículo 46.- La investigación de mercado tendrá como propósito que las dependencias y entidades: I. Determinen la existencia de oferta de bienes y servicios en la cantidad, calidad y oportunidad requeridas por las mismas; II. Verifiquen la existencia de proveedores a nivel nacional o internacional con posibilidad de cumplir con sus necesidades de contratación. Para dicha verificación también deberá consultarse al Instituto Nacional de la Economía Social la existencia de cooperativas u organismos del sector social de la economía certificados, y III. Conozcan el precio prevaleciente de los bienes, arrendamientos o servicios requeridos, al momento de llevar a cabo la investigación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.