Artículo 45 del REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno necesita comprar algo o contratar un servicio, primero tiene que investigar el mercado para ver precios y opciones disponibles. Esta investigación normalmente la hace el área especializada de la dependencia, pero si no existe, la hacen juntos el área que pidió el producto y el área encargada de hacer la compra. Una vez que tienen los resultados, el área compradora debe subirlos a la plataforma del gobierno en un plazo de cinco días hábiles.
Texto oficial
Artículo 45. La investigación de mercado la realizará el área especializada existente en la dependencia o entidad o, en su defecto, será responsabilidad conjunta del área requirente y del área contratante, salvo en los casos en los que el área requirente lleve a cabo la contratación. El resultado de las investigaciones de mercado, con la información a que se refiere el artículo 52 de este Reglamento, deberá cargarse por las áreas contratantes en el módulo de la Plataforma que se habilite para tal efecto, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su emisión. Artículo reformado DOF 27-03-2026
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.