Artículo 58 del REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno quiera comprar productos o servicios solo a empresas o personas mexicanas, desde el inicio del proceso te van a pedir que firmes un documento donde declares, bajo protesta de decir verdad (es decir, como si lo juraras), que eres mexicano. Si vas a vender bienes (como computadoras o muebles), también tienes que prometer que esos productos se fabricaron en México y que cumplen con el porcentaje de contenido nacional que marcan las reglas. Además, si ganas el contrato, tendrás que entregar después los papeles que te pida la Secretaría para comprobar todo esto. Antes de firmar el contrato, si eres una empresa, debes mostrar tu escritura pública que demuestre que fuiste creada en México y tienes domicilio aquí; si eres una persona física, necesitas tu acta de nacimiento o carta de naturalización, más un comprobante de domicilio en el país.
Texto oficial
Artículo 58.- En la convocatoria a la licitación pública, en la invitación a cuando menos tres personas, en la solicitud de confirmación de la cotización o en la notificación de la presentación de propuestas técnicas y económicas del diálogo competitivo, de carácter nacional, deberá establecerse como requisito de participación la entrega de un escrito en el que el licitante, cotizante o postulante manifieste bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana y, en el caso de adquisición de bienes, además manifestará que los bienes que oferta y entregará, serán producidos en México y contarán con el porcentaje de contenido nacional correspondiente, así como, en su caso, señalar en dicha manifestación que, en caso de resultar adjudicado, se hará entrega de la documentación que REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 27-03-2026 24 de 79 corresponda en términos de las reglas de carácter general que emita la Secretaría en términos del artículo 39, fracción I, de la Ley. En el contrato deberá establecerse que el proveedor cargará en la Bitácora la información que se requiera conforme a las reglas citadas en el párrafo anterior, asimismo proporcionará a la Secretaría o a Hacienda, en el ámbito de sus respectivas competencias, la información o documentación que se requiera para verificar que los bienes ofertados cumplen con el porcentaje de contenido nacional requerido, o bien, el cumplimiento de las reglas de origen, respectivamente, en cumplimiento de los artículos 87, párrafo segundo de la Ley y 156 de este Reglamento, así como a la legislación aplicable en materia de comercio exterior. En los procedimientos de contratación de carácter nacional, previo a la firma del contrato a quien se le adjudique el mismo deberá presentar para su cotejo, original o copia certificada de los siguientes documentos: I. Tratándose de persona moral, testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional, o II. Tratándose de persona física, copia certificada del acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.