Artículo 14 Bis del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno que maneja las compras) debe seguir estos pasos para hacer un contrato marco, que es como un acuerdo general con varios proveedores. Primero, publica en CompraNet (el sitio web oficial de compras del gobierno) un aviso para que los interesados sepan que quiere hacer un contrato marco, y también pone los requisitos técnicos, legales y administrativos que deben cumplir. Después, recibe las propuestas de los interesados y las revisa para ver si cumplen con esos requisitos. Si algún proveedor no cumple con todo, le pide que corrija lo que le falte. Finalmente, avisa a los que fueron aceptados para que firmen el contrato marco, y publica el contrato completo y cualquier cambio que se haga después en CompraNet.
Texto oficial
Artículo 14 Bis.- La Secretaría, para la celebración de los contratos marco, procederá a: I. Publicar en CompraNet el aviso de intención de celebrar un contrato marco a los interesados, así como los requisitos técnicos, legales y administrativos que deberán cumplir los posibles proveedores en la fecha programada; II. Recibir las propuestas de los interesados para formar parte del contrato marco; III. Evaluar técnica, legal y administrativamente las propuestas presentadas por los interesados en CompraNet, conforme a los requisitos a que se refiere la fracción I de este artículo; IV. Solicitar, en su caso, se subsane el incumplimiento de algún requisito identificado en la evaluación a que se refiere la fracción anterior; V. Notificar a los interesados su aceptación para que formalicen la suscripción del contrato marco, y VI. Publicar en CompraNet el contrato marco y sus anexos, así como sus convenios modificatorios. Artículo adicionado DOF 15-09-2022
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.