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Artículo 60 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los testigos sociales son personas o empresas que están registradas en una lista oficial llamada padrón público, que maneja la Secretaría de la Función Pública y se puede consultar en CompraNet (el sistema de compras del gobierno). Para poder estar en esa lista, las personas físicas (como tú o cualquier ciudadano) deben comprobar, con papeles, que tienen al menos tres años de experiencia en contrataciones del gobierno, como las que menciona la Ley.

Texto oficial

Artículo 60.- Los testigos sociales son las personas físicas o morales que cuentan con el registro correspondiente en el padrón público de testigos sociales, el cual está a cargo de la Secretaría de la Función Pública y disponible a través de CompraNet. Para efectos de lo previsto en el inciso f) de la fracción III del artículo 26 Ter de la Ley, las personas físicas que podrán ser registradas en el padrón mencionado en el párrafo anterior, serán aquéllas que acrediten contar, mediante la documentación correspondiente, con experiencia de cuando menos tres años en materia de contrataciones reguladas por la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.