Artículo 76 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las dependencias del gobierno están obligadas a darle a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) al menos la mitad de los contratos que no pasan por una licitación pública, es decir, que se asignan directo. Esto aplica solo a los casos especiales que marca el artículo 42 de la ley. El propósito es ayudar a que estos negocios crezcan y tengan más oportunidades. Para llevar la cuenta, cada dependencia debe registrar esos contratos en CompraNet, que es el sistema donde se publican las compras del gobierno.
Texto oficial
Artículo 76.- Para fomentar el desarrollo y la participación de las MIPYMES, las dependencias y entidades deberán adjudicarles contratos relacionados con las operaciones comprendidas en los supuestos de excepción a la licitación pública a que se refiere el artículo 42 de la Ley, cuando menos el cincuenta por ciento del valor de las adquisiciones en cada ejercicio fiscal. La información relativa a dichas operaciones será cuantificada por las dependencias y entidades al registrarse en CompraNet.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.