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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
Artículo
119

Artículo 119 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Después de cada vuelo, el piloto o la persona que va al mando de la nave debe hacer dos cosas importantes por seguridad. Primero, tiene que avisarle al jefe del aeropuerto más cercano si hubo algún accidente o incidente con el avión. Segundo, debe reportarle a la aerolínea o empresa dueña de la nave todas las fallas o problemas raros que haya notado o sospeche, y anotarlos en el libro de bitácora (el cuaderno donde se registra todo lo que pasa en el vuelo).

Texto oficial

ARTÍCULO 119. Toda persona comandante o piloto al mando de la aeronave, por razones de seguridad, después del vuelo debe realizar las siguientes funciones técnicas: I. Notificar a la persona comandante del aeródromo más próximo cualquier incidente o accidente con relación a la aeronave, y II. Notificar la persona concesionaria, permisionaria u operadora aérea de todas las fallas o anormalidades que note o que presuma que existan en la aeronave y asentarlas en el libro de bitácora correspondiente. Artículo reformado DOF 21-01-2022, 31-05-2023

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil (pág. 57) ↗

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