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Artículo 151 Bis del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si manejas una aerolínea, tienes una concesión o permiso para operar aviones en México, cada año tienes que enviar un reporte por escrito a la Agencia Federal de Aviación Civil. En ese reporte debes decir cuántos gases contaminantes, como los que calientan el planeta, producen tus aviones. También tienes que explicar qué medidas estás tomando para reducir esa contaminación, ya sean cambios en tus aviones, en tu forma de operar o inversiones, siempre siguiendo las leyes mexicanas y los acuerdos internacionales que México firmó para cuidar el medio ambiente. Todo esto lo debes hacer tal como lo pide el artículo 76 de esta ley.

Texto oficial

ARTÍCULO 151 Bis. Toda persona concesionaria, asignataria, operadora aérea, o permisionaria mexicana debe reportar a la Agencia Federal de Aviación Civil, de manera anual y mediante escrito libre, de las emisiones de gases efecto invernadero y sus variables, producidas por las aeronaves que opere, así como de las medidas operativas, técnicas, y económicas requeridas por la legislación nacional y tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano en materia de protección al medio ambiente, de conformidad con el artículo 76 de la Ley. Artículo adicionado DOF 14-03-2014. Reformado DOF 31-05-2023 Capítulo IX De las aeronaves no tripuladas Capítulo adicionado DOF 21-01-2022

Ver ley oficial en el DOF (pág. 70) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.