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Artículo 153 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 153 explica para qué sirven los servicios que ayudan a que los aviones vuelen seguros. Primero, están los servicios de tránsito aéreo, que evitan que los aviones choquen entre sí mientras vuelan o en las pistas de los aeropuertos, y también ayudan a que el tráfico aéreo sea más ordenado y rápido. Segundo, el servicio de telecomunicaciones y radioayudas da equipos y sistemas para controlar los vuelos con seguridad y eficiencia. Tercero, el servicio de meteorología avisa sobre el clima, como tormentas peligrosas, y da reportes del tiempo para planear los vuelos. Cuarto, el servicio de información aeronáutica publica mapas, avisos importantes para pilotos y datos actualizados sobre rutas y aeropuertos. Por último, el servicio de despacho de vuelo te ayuda a preparar tu plan de vuelo y te da la información del clima que necesitas.

Texto oficial

ARTÍCULO 153. Los servicios a la navegación aérea se establecen para los siguientes efectos: I. Los servicios de tránsito aéreo se proporcionan con el fin de evitar colisiones de aeronaves en vuelo y en el área de maniobras de los aeródromos civiles, así como para organizar y agilizar el movimiento del tránsito aéreo; II. El servicio de telecomunicaciones y radioayudas aeronáuticas consiste en toda facilidad proporcionada por la Secretaría para el control, seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea; III. El servicio de meteorología aeronáutica se proporciona para la planeación, realización y seguridad de la navegación aérea, para lo cual elabora informes y pronósticos meteorológicos aeronáuticos, avisos de condiciones meteorológicas peligrosas para los vuelos, el asesoramiento, documentación e información meteorológica previa al vuelo, información de la climatología aeronáutica así como la calibración de sistemas y equipos meteorológicos; IV. Los servicios de información aeronáutica están encargados de elaborar la publicación de información aeronáutica del país (PIA), las cartas aeronáuticas, las notificaciones al personal técnico aeronáutico (NOTAM) y las que conforme al desarrollo tecnológico se establezcan, y V. El servicio de despacho e información de vuelo tiene como objeto proporcionar la información aeronáutica, reportes y pronósticos meteorológicos requeridos, así como el asesoramiento en la elaboración del plan de vuelo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 71) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.