Artículo 164 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que para que funcionen los servicios de telecomunicaciones, como el internet o el teléfono, y también las radioayudas que usan los aviones para navegar, todos los aparatos y sistemas deben cumplir con las reglas de México y con las normas internacionales. También aplica para cualquier tecnología nueva que aparezca en el futuro. Esto es para asegurar que todo funcione bien, sea seguro y no cause interferencias.
Texto oficial
ARTÍCULO 164. Para la operación del servicio de telecomunicaciones, radioayudas aeronáuticas y cualquier otro que dicte el desarrollo tecnológico se debe observar que los sistemas, equipos e instrumentos destinados al servicio cumplan con los requerimientos nacionales y los estándares internacionales en la materia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.