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Artículo 163 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Durante la noche, los aviones sí pueden aterrizar y despegar en aeropuertos civiles, pero solo si siguen las reglas de tránsito aéreo que aplican en ese momento. Esas reglas indican qué condiciones deben cumplirse, como tener las luces adecuadas o los permisos necesarios. En pocas palabras, no está prohibido volar de noche, pero hay que respetar los lineamientos establecidos para seguridad de todos.

Texto oficial

ARTÍCULO 163. Durante la noche se deben permitir las operaciones de aeronaves en aeródromos civiles, siempre y cuando se cumplan los requisitos y condiciones que señalen las reglas de tránsito aéreo correspondientes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 73) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.