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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
Artículo
180

Artículo 180 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te enteras de un accidente aéreo, tienes que avisar de inmediato a cualquier autoridad cercana (municipal, estatal o federal), como a un policía o a la presidencia municipal. Esa autoridad, a su vez, está obligada a reportarlo al comandante del aeropuerto o a un representante de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. La Secretaría sigue las reglas internacionales para investigar el accidente y, si un avión mexicano se accidenta en otro país, ella representa a México en esa investigación. Por último, cualquier accidente o incidente de aviación que pase en México, o que involucre a un avión mexicano en el extranjero, debe reportarse a la Secretaría para que coordine el rescate y la investigación.

Texto oficial

ARTÍCULO 180. Toda persona que tenga noticia cierta de que ha ocurrido un accidente aéreo debe dar cuenta de ello, por cualquier medio, a la autoridad más cercana de cualquiera de los tres niveles de gobierno, y ésta tiene la obligación de comunicarlo a la persona comandante del aeródromo o al representante de la Secretaría. Párrafo reformado DOF 31-05-2023 La Secretaría se encargará de implementar las normas y métodos recomendados en materia de investigación de accidentes e incidentes de aviación, que emita la Organización de Aviación Civil Internacional, como Estado del suceso, en una investigación en territorio mexicano. Además, será el representante Acreditado del Estado de Matrícula o del Operador cuando en un accidente o incidente en el extranjero se vea involucrada una aeronave con marcas de nacionalidad y matrícula mexicanas. Todo accidente o incidente de aviación suscitado dentro de territorio nacional, así como aquellos que involucran a una aeronave con marcas de nacionalidad y matrícula mexicana ocurridos fuera de territorio nacional, deberán ser notificados a la Secretaría, a través de la unidad administrativa encargada de la investigación de accidentes e incidentes de aviación, de acuerdo con el plan de operación de búsqueda y salvamento. Artículo reformado DOF 21-01-2022

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil (pág. 77) ↗

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