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Artículo 207 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las empresas que dan servicios de aviación tienen que hacer y poner en marcha un programa para capacitar a su personal en seguridad operacional. Ese programa debe estar ajustado al nivel de cada trabajador, a sus tareas y a cómo participa en el Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional. Todo esto tiene que seguir las reglas que dicte la Agencia Federal de Aviación Civil, basándose en las normas oficiales de México o, si no hay, en las disposiciones técnico-administrativas que correspondan.

Texto oficial

ARTÍCULO 207. Las personas proveedoras de servicio deberán elaborar e implementar un programa de capacitación y adiestramiento en materia de seguridad operacional, el cual debe ser apropiado respecto al nivel, funciones e involucramiento del personal con la aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional; conforme a los lineamientos que emita la Agencia Federal de Aviación Civil, de conformidad con las normas oficiales mexicanas o, a falta de éstas, conforme a las disposiciones técnico- administrativas correspondientes. Artículo adicionado DOF 21-01-2022. Reformado DOF 31-05-2023

Ver ley oficial en el DOF (pág. 86) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.