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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
Artículo
233

Artículo 233 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia Federal de Aviación Civil es la encargada de revisar y darle seguimiento a las recomendaciones que haga la Comisión Investigadora y Dictaminadora de Accidentes Aéreos. Esto significa que la Agencia se asegurará de que esas recomendaciones se cumplan o se vigilen, siguiendo las reglas técnicas y administrativas que ya están establecidas. En pocas palabras, si hay un accidente aéreo, la comisión investiga y dice qué hacer para prevenir otro, y la agencia se encarga de que se apliquen esas medidas.

Texto oficial

ARTÍCULO 233. La Agencia Federal de Aviación Civil, atenderá, controlará o vigilará las recomendaciones de la Comisión Investigadora y Dictaminadora de Accidentes Aéreos de conformidad con las disposiciones técnico-administrativas correspondientes. Artículo adicionado DOF 31-05-2023

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil (pág. 90) ↗

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