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Artículo 58 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que volar un avión o helicóptero para uso personal, como por ejemplo para viajes o paseos, solo está permitido cuando no se cobre nada por el vuelo. Es decir, no puedes usar tu aeronave para negocio, como llevar pasajeros que te paguen. El propósito debe ser exclusivamente para tus necesidades o las de tu familia, como recreación o asuntos propios. En pocas palabras, es como tener un coche para uso personal: lo usas para tus vueltas, no para hacer dinero llevando gente.

Texto oficial

ARTÍCULO 58. La operación de aeronaves para uso particular es aquélla que se realiza sin fines de lucro y tiene por objeto atender necesidades e intereses particulares de la persona propietaria o poseedora, incluyendo, entre otros, fines recreativos. Artículo reformado DOF 31-05-2023

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.