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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
Artículo
92

Artículo 92 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas que trabajan como técnicos en meteorología aeronáutica se encargan de observar el clima, juntar datos sobre los fenómenos meteorológicos, hacer pronósticos del tiempo y, cuando sea necesario, darles esa información a los pilotos y la tripulación de los aviones.

Texto oficial

ARTÍCULO 92. El personal técnico adscrito a los servicios de meteorología aeronáutica tiene las funciones de efectuar observaciones de los fenómenos meteorológicos, recopilar datos sobre los fenómenos meteorológicos, realizar pronósticos y, en su caso, proporcionar la información respectiva a las tripulaciones de las aeronaves. Sección Cuarta De los Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia Sección adicionada DOF 21-01-2022

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil (pág. 39) ↗

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