Artículo 96 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los instructores de vuelo o los que enseñan materias técnicas de aviación, si trabajan por su cuenta (sin ser empleados de una empresa), necesitan un permiso especial de la Agencia Federal de Aviación Civil para poder dar clases. Ese permiso lo tramitas directamente con la agencia y sin él no puedes ejercer como instructor independiente. En pocas palabras, si quieres enseñar a volar o materias técnicas de aviación como negocio propio, primero saca el permiso oficial.
Texto oficial
ARTÍCULO 96. El instructor de vuelo y el de materias directamente relacionadas con las funciones técnicas básicas del personal técnico-aeronáutico que ejerzan de manera independiente su profesión, deben contar con el permiso correspondiente de la Agencia Federal de Aviación Civil. Artículo reformado DOF 08-08-2000, 05-10-2000, 31-05-2023
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.