Artículo 13 del REGLAMENTO de la Ley de Aguas Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Técnico de La Comisión (el grupo de personas que toman decisiones sobre el agua) debe reunirse de manera normal cada tres meses. También puede reunirse en cualquier momento si el Presidente lo pide, y a eso se le llama sesión extraordinaria. Para que la reunión sea válida, tiene que estar presente más de la mitad de sus integrantes. Las decisiones se toman con el voto de la mayoría de los que están ahí, y si hay empate, el voto del Presidente decide el resultado.
Texto oficial
ARTICULO 13.- El Consejo Técnico de "La Comisión" a que se refiere el artículo 10 de la "Ley", sesionará en forma ordinaria cada tres meses y en forma extraordinaria en cualquier tiempo cuando lo convoque su Presidente. REGLAMENTO DE LA LEY DE AGUAS NACIONALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 25-08-2014 7 de 69 Párrafo reformado DOF 29-08-2002 Para poder sesionar se requiere la presencia de más de la mitad de los miembros que lo integren. Las resoluciones se adoptarán por mayoría de votos de los presentes y en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.