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Artículo 137 del REGLAMENTO de la Ley de Aguas Nacionales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tú, como usuario del agua o concesionario (alguien con permiso para usar agua del gobierno), tienes la obligación de seguir las reglas oficiales (Normas Oficiales Mexicanas) para evitar contaminar ríos, lagos o mantos acuíferos. Esto aplica también a distritos de riego y unidades de riego, que son grupos de agricultores. La autoridad del agua (llamada "La Comisión") se encargará de crear y promover esas reglas, y trabajará con otras dependencias para que el uso del suelo no dañe el agua. Además, cuando se hagan reglas sobre el uso del suelo que puedan afectar el agua, la Comisión debe dar su opinión técnica.

Texto oficial

ARTICULO 137.- Es responsabilidad de los usuarios del agua y de todos los concesionarios a que se refiere el Capítulo II, del Título Sexto de la "Ley", incluidas las unidades y los distritos de riego, cumplir con las normas oficiales mexicanas y en su caso con las demás condiciones particulares de descarga, REGLAMENTO DE LA LEY DE AGUAS NACIONALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 25-08-2014 42 de 69 para la prevención y control de la contaminación extendida o dispersa que resulte del manejo y aplicación de substancias que puedan contaminar la calidad de las aguas nacionales y los cuerpos receptores. "La Comisión" promoverá y realizará, en su caso, las acciones y medidas necesarias, y se coordinará con las autoridades competentes para la expedición de las normas oficiales mexicanas que se requieran para hacer compatible el uso del suelo con los objetivos de prevención y control de la contaminación de las aguas y bienes nacionales. En la fijación de normas oficiales mexicanas para el uso del suelo, que puedan afectar aguas nacionales, se deberá recabar la opinión técnica de "La Comisión".

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.